Cambio de tasa en IVA e IEPS |
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Comprobantes impresos
Los contribuyentes que al 1 de enero de 2010 tengan comprobantes impresos en establecimientos autorizados por el SAT que contengan impresa la tasa del 10% ó 15% del IVA podrán seguir utilizándolos hasta agotarlos o termine su vigencia, para lo cual deberán señalar en los mismos, por escrito o mediante sello, la tasa del 11% ó 16% según corresponda. Transcurrido dicho plazo, sin que sean utilizados, los mismos deberán cancelarse de conformidad con el Reglamento del Código Fiscal de la Federación.
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¿Qué es el IDE? |
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El IDE es un impuesto que se aplica al importe excedente de 25,000 pesos, (15,000 pesos a partir de enero de 2010) en los depósitos en efectivo realizados en las instituciones del sistema financiero, ya sea por uno o por la suma de varios depósitos en el mes.
El impuesto se calcula multiplicando el importe que excede de 25,000 pesos (15,000 pesos a partir de enero de 2010) por la tasa de 2%, (3% a partir de enero de 2010).
También debe pagarse el impuesto de 2% , (3% a partir de enero de 2010) por adquirir cheques de caja en efectivo sin importar el monto.
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Ley de Ingresos de la Federación |
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Tasas de recargos
Continúa la misma tasa mensual de recargos aplicable a los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales:
- 0.75 % sobre los saldos insolutos.
- 1 % para pagos a plazos en parcialidades hasta 12 meses
- 1.25 % para pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses
- 1.5 % para pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como para pagos a plazo diferido.
Fundamento legal: artículo 8 de la LIF
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